Actualmente muchas personas vinculan el término compliance penal con cuestiones de protección de datos, blanqueo de capitales, seguridad laboral, entre otras áreas. Sin embargo, pese a que implica todas y cada una de esas ramas, abarca mucho más. En los últimos años, este concepto se ha convertido en un elemento clave para las empresas tras la modificación del Código Penal.
Cuando una empresa adopta un proceso interno de negocio cada vez más complejo, con distintos departamentos, englobando a terceras personas, etc., no hay nada que asegure el cumplimiento de la ley si no nos servimos de las adecuadas herramientas.
Anteriormente a la reforma del Código Penal de 2010 las personas jurídicas, las empresas, no podían ser castigadas penalmente. A partir de dicha reforma esto cambió, pero la ley, a su vez, nos dio la solución para que las empresas diligentes no fueren condenadas por los delitos de sus empleados y directivos: el compliance penal.
De modo que, con el objeto de prevenir la infracción de normas de carácter penal y evitar sanciones importantes a las que tenga que hacer frente la propia empresa, la figura del compliance penal, regulada en el artículo 31 bis del Código Penal, es esencial.
Compliance penal: ¿Qué es y por qué interesa a una empresa?
El Plan de Cumplimiento Normativo, más conocido en inglés como compliance penal, es un conjunto de herramientas preventivas que tiene por finalidad garantizar que la actividad empresarial se realiza dentro de los parámetros legales y éticos de la propia organización.
Este plan o programa se concibe como un conjunto de normas de carácter interno que asumen las empresas para el control de las responsabilidades penales y de los posibles delitos que pudieran cometer los miembros de la compañía. Una herramienta que distingue las responsabilidades penales entre la persona jurídica y la física.
Por tanto, el objetivo de aplicar un Plan de Cumplimiento Normativa se basa en garantizar que la actividad que realiza la empresa (y sus empleados, que actúan en su nombre) lo haga conforme a lo ley y de manera voluntaria.
Repercusiones tales como el prejuicio a la imagen, la reputación o la confianza a la empresa quedan alejadas en el caso de que sus empleados cometieran o fueran acusados de un delito.
¿Debe mi empresa contar con un compliance penal?
El Código Penal no obliga a las empresas a someterse a un programa de prevención de delitos penales. No obstante, sí su empresa no cuenta con un programa de este tipo implantado y si se comete un delito con las características que especifica el artículo 31 bis, podrá ser sancionado duramente poniendo en grave peligro la continuidad de su empresa.
Con la implatanción de un sistema de compliance penal nos aseguramos que la empresa atienda a sus debidas exigencias en todos los ámbitos, obedeciendo a los requisitos derivados de los procesos y funciones de su actividad empresarial.
En Amant Abogados realizamos un programa de compliance penal (o prevención de riesgos penales) para que no tengas que poner en riesgo a tu empresa.